Casas particulares: el básico de octubre trepa 1,7% y absorbe parte de la suma no remunerativa de agosto
La actualización, prevista por la Resolución 6/2026, completa el calendario trimestral de ajustes y redefine la liquidación mensual. Cómo se compone el haber según categoría, modalidad, antigüedad, zona y horas extra.
El personal de casas particulares percibe desde octubre un incremento del 1,7% sobre los salarios mínimos vigentes en septiembre, según el esquema de actualizaciones dispuesto por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) a través de la Resolución 6/2026. El ajuste alcanza tanto a las retribuciones mensuales como a los valores por hora, y se inscribe en una secuencia de subas previamente calendarizadas: 1,9% en agosto, 1,8% en septiembre, 1,7% en octubre y 1,6% en noviembre y diciembre, porcentajes que se aplican de manera acumulativa sobre la escala de referencia.
La mitad de la suma no remunerativa de agosto pasa al básico
La modificación más relevante de este mes no es solo el porcentaje de aumento, sino la incorporación al salario básico de la mitad de la suma no remunerativa abonada en agosto. Ese adicional —que funcionaba como un refuerzo transitorio fuera del recibo formal— había oscilado entre 8.000 y 20.000 pesos, según la cantidad de horas trabajadas semanalmente. A partir de octubre, esa fracción deja de ser un pago excepcional y se integra al haber de bolsillo, lo que redefine la base sobre la cual se calculan los aportes, las contribuciones patronales y los futuros incrementos.
Para determinar el monto final corresponde revisar la categoría profesional (tareas generales, cuidado de personas, tareas específicas, entre otras), la modalidad de trabajo convenida —con retiro o sin retiro del domicilio del empleador— y la jornada pactada. A esos componentes se suman, cuando correspondan, los adicionales por antigüedad, por zona desfavorable y por horas extra, con sus respectivos recargos.
- Antigüedad: 1% del salario básico por cada año de servicio continuado para el mismo empleador, considerando exclusivamente los años de esa relación laboral.
- Zona desfavorable: incremento del 31% sobre los haberes para quienes presten tareas en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, y en el partido bonaerense de Patagones.
- Horas extra en días hábiles: recargo del 50% sobre el valor de la hora común.
- Horas extra después de las 13 de un sábado, o durante domingos y feriados: recargo del 100%.
Qué variables revisar antes de cerrar el recibo
La liquidación del mes obliga a contemplar de manera conjunta cinco variables: categoría, modalidad, antigüedad, zona geográfica y horas extra efectivamente realizadas. Una lectura desagregada de cada componente permite evitar errores en la determinación del neto a pagar y, al mismo tiempo, resguardar los aportes y contribuciones que se derivan de un salario básico ya recalculado. La complejidad del esquema y la superposición de adicionales suelen ser, según los relevamientos de consultas en centros de atención laboral, el principal motivo de discrepancias entre empleadores y trabajadoras, especialmente en el interior del país, donde la figura de la empleadora particular convive con la del personal de consorcios y de establecimientos rurales.
Hasta el cierre de esta nota, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares no había difundido precisiones adicionales sobre la mecánica de transición de la suma no remunerativa al básico, ni tampoco respondió consultas sobre eventuales plazos para que los empleadores regularicen recibos ya emitidos. Tampoco se conoció un pronunciamiento específico del Ministerio de Capital Humano respecto de cómo impacta la nueva composición del haber en los programas de registración y en los beneficios vinculados a la relación laboral del sector.
