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Martes, 3 de noviembre de 2026
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Pensiones por invalidez: 4.329 suspensiones y un plazo de 60 días para regularizar la situación

La Secretaría de Discapacidad dejó sin efecto el cobro de 4.329 prestaciones y fijó plazos y canales para presentar la documentación médica faltante.

Por Verónica NievaEconomía y comercio · · hace 2 h
Pensiones por invalidez: 4.329 suspensiones y un plazo de 60 días para regularizar la situación

La Secretaría de Discapacidad oficializó la suspensión de 4.329 pensiones por invalidez laboral. Según el organismo, los titulares no acreditaron los requisitos médicos exigidos, en particular la documentación necesaria para sostener la continuidad de su situación de discapacidad.

Requisitos y plazos

Para mantener o recuperar el beneficio, el requisito central es contar con un Certificado Médico Oficial (CMO) que acredite una discapacidad del 66% o más. Sin ese respaldo, la prestación no puede continuar. Los afectados tienen 60 días corridos para presentar la documentación faltante; vencido ese plazo, la prestación no podrá ser rehabilitada.

En paralelo, otros 7.008 beneficiarios recibieron una intimación para ampliar la documentación médica que respalda su incapacidad laboral. En este caso, el plazo es de 30 días hábiles.

Cómo presentar la documentación

  • En las oficinas de atención de ANSES.
  • En las dependencias habilitadas de la Secretaría Nacional de Discapacidad.
  • A través del formulario de consultas del Ministerio de Salud, en argentina.gob.ar.
  • Por la plataforma Trámites a Distancia (TAD), con el trámite “Presentación de Documentación para Pensión Invalidez”.

Una vez recibida, la documentación se incorpora al expediente administrativo del titular. Los equipos técnicos analizan ese expediente para determinar si corresponde rehabilitar el pago.

El marco normativo

La medida se publica mediante la Resolución 3702/2026, que dejó sin efecto una normativa anterior que había restablecido el cobro de estas pensiones tras un fallo judicial. La Cámara Federal de Tucumán revocó esa sentencia de primera instancia en febrero de 2026, lo que habilitó la suspensión de los beneficios comprendidos en esa causa. Para los beneficiarios, el plazo corre desde la notificación individual.

VN
Verónica NievaEconomía y comercio

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